Hoja excel para cálculo de las contribuciones energéticas de solar fotovoltaica en CE3x
- El COAAT de Zaragoza nos ha facilitado para uso de los colegiados un archivo Excel que permite el cálculo de las contribuciones energéticas en solar f...
Ya está en vigor el nuevo Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.
Este Real Decreto deroga el Real Decreto 235/2013 por la extensión y alcance de las modificaciones que contenía la propuesta normativa. Entre sus principales modificaciones esta la modificación del ámbito de aplicación, incorporándose un nuevo punto e) que obliga a certificar los edificios o partes de edificios con una superficie útil total superior a 500 m2 destinados a los siguientes usos:
1.º Administrativo.
2.º Sanitario.
3.º Comercial: tiendas, supermercados, grandes almacenes, centros comerciales y
similares.
4.º Residencial público: hoteles, hostales, residencias, pensiones, apartamentos
turísticos y similares.
5.º Docente.
6.º Cultural: teatros, cines, museos, auditorios, centros de congresos, salas de
exposiciones, bibliotecas y similares.
7.º Actividades recreativas: Casinos, salones recreativos, salas de fiesta, discotecas
y similares.
8.º Restauración: bares, restaurantes, cafeterías y similares.
9.º Transporte de personas: estaciones, aeropuertos y similares.
10.º Deportivos: gimnasios, polideportivos y similares.
11.º Lugares de culto, de usos religiosos y similares
Asimismo, modifica el Real Decreto 56/2016 referente a auditorias energéticas porque incluye específicamente la necesaria inspección de las auditorias energéticas realizadas por auditores internos.